Vencimos a la Inspección de Trabajo del Estado

Vencimos a la Inspección de Trabajo del Estado

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El despacho consigue que una sentencia anule la sanción impuesta y se reconozca la libertad de la empresa para organizar su actividad de prevención.

Tras un largo procedimiento judicial que por fin ha dado sus frutos, el Juzgado de lo Social nº 7 de Málaga, ha dictado sentencia declarando la nulidad de un procedimiento administrativo sancionador iniciado por la autoridad laboral denunciando a una empresa por presuntas irregularidades consistentes en no disponer del obligatorio plan de prevención de riesgos laborales y vigilancia para la salud, así como la falta de cualificación del personal encargado de impartir la formación en esta materia.

La resolución judicial, acogiendo el razonamiento alegado por EVOLUTIZA Abogados & Asesores Tributarios, desmonta ambos argumentos, reconociendo la capacidad y derecho de la empresa de organizar su prevención de riesgos laborales con medios propios.

El veredicto, en contra de la doctrina tradicional, desmonta la presunción de veracidad del contenido del acta redactada por la inspección, interpretando que se produce un abuso en la credibilidad del inspector, toda vez que la resolución administrativa ya fue recurrida y desestimada sin fundamento alguno.

La sentencia, que ya es firme, exime del pago de la sanción, comportando un nuevo varapalo para las ansias recaudatorias que presiden la actividad inspectora de la Administración General del Estado, anteponiendo sus intereses patrimoniales al servicio ciudadano. Esta práctica, que fue denunciada durante el procedimiento por EVOLUTIZA Abogados & Asesores Tributarios, se basa en imponer sanciones a discreción con el fin de cargar procedimentalmente a las empresas, para que, ante las dificultades para defenderse ante los tribunales, opten por pagar las sanciones, aunque sean injustas.

 

 

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